La Propiedad intelectual esta definida como el conjunto
de ramas jurídicas que se encargan de proteger y promover el uso de la
información en función de su aplicación. Se encarga de los bienes virtuales, se
encarga de respaldar aquellas actividades que realizan las personas, va en
función de la aplicación de conocimiento.
Derechos de autor
¿Quién es autor?
Toda persona física que crea una obra literaria y
artística.
¿Qué es el Derecho de Autor?
Es el reconocimiento que otorga el Estado a todo creador
de obras literarias y artísticas, en virtud del cual el autor goza de derechos
de tipo personal, llamado derecho moral y económico llamado derecho
patrimonial.
Derecho Moral
Consiste en el derecho de todo autor a ser reconocido
como tal, a decidir el momento de la divulgación y evitar deformaciones o
mutilaciones a su obra, entre otras. Es inalienable, imprescriptible,
irrenunciable e inembargable.
Derecho Patrimonial
Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar
por sí mismo su obra, así como para autorizar o prohibir a terceros dicha
explotación en cualquier forma dentro de los límites que establece la Ley
Federal del Derecho de Autor. Este derecho es transmisible por escrito y debe
ser oneroso y temporal.
¿Qué es una obra?
Es toda creación original susceptible de reproducirse por
cualquier medio o forma.
¿Qué vigencia tiene el Derecho de Autor?
La vida del autor y 100 años después de su muerte, con
las excepciones y salvedades que establece la Ley.
¿Qué tipo de obras protege el Derecho de Autor?
• Literarias.
• Musicales con o sin letra.
• Dramáticas.
• Danza.
• Pictóricas o de dibujo.
• Escultóricas y de carácter plástico.
• Caricatura e historieta.
• Arquitectónicas.
• Cinematográficas y Audiovisuales.
• Programas de radio y TV.
• Programas de cómputo.
• Fotográficas.
• Obras de arte aplicado (incluyen diseño gráfico o
textil).
• Obras de compilación.
• Las demás que por analogía se puedan incluir en la rama
más afín a su naturaleza.
Bibliografía